El País

ARCA posteró hasta agosto los cambios en la facturación electrónica y el uso del C.A.E.A.

La decisión responde a pedidos de cámaras empresariales que advirtieron dificultades técnicas para adaptar sus sistemas. También se modificaron las condiciones para utilizar el régimen de contingencia.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) postergó al 1° de agosto de 2026 la entrada en vigencia de las Resoluciones Generales 5.782 y 5.785, que modifican el esquema de facturación electrónica y el uso del Código de Autorización Electrónico Anticipado (C.A.E.A.).

La medida fue formalizada mediante la Resolución General 5852/2026, publicada con fecha 28 de mayo, y responde a los inconvenientes técnicos planteados por diversas cámaras empresariales para concluir las adecuaciones requeridas en sus sistemas informáticos de facturación.

Según la norma, la Resolución General 5.782 establece una evolución hacia la facturación en línea mediante la aplicación generalizada del Código de Autorización Electrónico (C.A.E.), mientras que la Resolución General 5.785 dispone que el procedimiento especial del C.A.E.A. sea utilizado como primera opción de contingencia cuando la emisión de comprobantes electrónicos se realice a través de WebService.

ARCA señaló que razones de buena administración tributaria aconsejan diferir la implementación de ambas disposiciones hasta el 1 de agosto de 2026.

Asimismo, la resolución establece que desde el 1 de junio de 2026 no será necesaria la solicitud de adhesión prevista en la Resolución General 2.926 para utilizar el C.A.E.A. como modalidad complementaria de contingencia, en los términos de la Resolución General 4.290.

También se dispuso que, desde esa misma fecha, no se admitirán nuevas solicitudes de adhesión para utilizar el procedimiento del C.A.E.A. como modalidad principal de emisión de comprobantes.

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